• Familiares a los que se puede reagrupar en España

    Con caracter general, se puede solicitar la reagrupacion familiar de: El cónyuge. Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados. Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la custodia. Ascendientes (padres/madres) o los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que lo justifiqu...
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    Solicitud de reagrupacion familiar.Quien puede pedirla

    ¿A QUÉ FAMILIARES PUEDO REAGRUPAR? Los familiares que se pueden reagrupar son: • El cónyuge. • Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados. Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la custodia. • Sus ascendientes (padres/madres) o los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que...
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