• Reagrupacion familiar para los ascendientes

    Reagrupación familiar de ascendientes tras la reforma de la ley de extranjeria de 11 de diciembre de 2009, donde se establece que tiene que tener mínimo 65 años.
    más

    Reagrupacion familiar y permiso de trabajo

    REAGRUPACION FAMILIAR Y LA OPORTUNIDAD DE TRABAJAR NUEVO FUNCIONAMIENTO. Cuando Andrés Páez concluya el trámite de reagrupación de su cónyuge, en la tarjeta de residencia que la Administración le otorgue constará la siguiente frase: “habilita para trabajar”. Las tres palabras son la llave al mercado laboral que tanto reivindicaban los familiares sujetos a reagrupacion familiar que arribaban a este país pero sin posibilidades de lograr un empleo. El c...
    más

    Principales novedades de la reagrupación familiar en la nueva ley de extranjeria

    * Los cónyuges o parejas de hecho e hijos de 16 a 18 años reagrupados dispondrán de un permiso de residencia y trabajo. * Para reagrupar a los ascendientes, los reagrupantes deben llevar cinco años de residencia legal y los reagrupados no tener menos de 65 años. * Hay que probar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de dinero suficiente
    más
    1