• Solicitud de reagrupacion familiar.Quien puede pedirla

    ¿A QUÉ FAMILIARES PUEDO REAGRUPAR? Los familiares que se pueden reagrupar son: • El cónyuge. • Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados. Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la custodia. • Sus ascendientes (padres/madres) o los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que lo justifiquen. Se entenderá que los familiares están “a cargo” del reagrupante cuando éste acredite haberse ocupado de los gastos de su ascendiente al menos durante el último año de su residencia en España (envíos regulares, sistemáticos, de dinero al familiar en origen).

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    Lista de comentarios

    Lmazon12/01/2011 22:10:14

    Hola, tengo nacionalidad britanica, vivo en Barcelona desde hace 4 años y me gustaria traer a mi madre quien vive en Venezuela y tiene nacionalidad argentina. Es esto posible? como debo proceder? Muchas gracias

    alejandra sanjurjo11/01/2011 14:21:43

    hola soy uruguaya y quisiera saber si mi marido me puede hacer el NIE el, el tiene la tarjeta de residencia y quisiera saber si es verdad q es obligatorio un contrato de trabajo para mi porque no lo tengo ,mi marido trabaja y tiene contrato indefinido como podemos hacer desde ya muchas gracias

    KARLONCHO11/01/2011 12:30:54

    Mi madre se le vence la tarjeta de residencia en febrero del 2001 (tiene 68 años actualmente), pero ella se fué al perúa hace 3 años, puede regresar a españa sin ningún problema?

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