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| consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar | P :Pretendo reagrupar a mi hermana. Cuento con la patria potestad. ¿Con la nueva modificación de la reagrupación, ¿puedo ahora mismo reagruparla ya que en diciembre cumplo los cinco años de residencia legal? ¿Puedo comenzar con los trámites en este momento?
R :La reforma de la Ley de extranjería se encuentra todavía en fase de anteproyecto por tanto debe aplicarse la regulación actual que sólo exige la residencia renovada para poder iniciar los trámites de reagrupación familiar. | |
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 | | | Fernando dijo: 19/02/2010 00:43:34 | | | Quiero reagrupar a mi mujer de peru, quisiera saber cuanto tengo que ganar como minimo y si es necesario ser fijo en la empresa donde trabajo, poqu recien he firmado un nuevo contrato por 6 meses, muchas gracias.
Respuesta: Se necesitan unos ingresos minimos de 1200.-€. De todos modos tu tienes un derecho a la reagrupacion familiar, por lo que si te denegasen la solicitud por dicho motivo, deberias recurrirla. Si ncesitas ayuda, puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web www.johnlawyer.es / 902 226 423. Atentamente, John Lawyer |  |
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consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
El derecho a la reagrupación familiar es un derecho recogido en multitud de tratados de caracter internacional que vienen a proteger un derecho humano recogido en la Carta social europea, en el convenio europeo de derechos humanos, en la Convencion sobre derechos migratorios de trabajadores y familia etc. Este derecho se declara en el artículo 16 d.. consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
Mi esposo tiene lanacionalidad española y quiere que nuestra hija venga por vacaciones de Ecuador y luego tramitarle su permiso de residencia cuando ya esté en España. ¿Es posible?
R: Los ciudadanos españoles tienen derecho a reagrupar a sus descendientes y a los descendientes de su cónyuge menores de 21 años y mayores que vivan a sus expensas... consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
¿A QUÉ FAMILIARES PUEDO REAGRUPAR? Los familiares que se pueden reagrupar son: • El cónyuge. • Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados. Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la c.. consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
* Los cónyuges o parejas de hecho e hijos de 16 a 18 años reagrupados dispondrán de un permiso de residencia y trabajo.
* Para reagrupar a los ascendientes, los reagrupantes deben llevar cinco años de residencia legal y los reagrupados no tener menos de 65 años.
* Hay que probar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de .. consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
Reagrupacion familiar
Las modificaciones en el ámbito de la reagrupacion familiar tienen el doble objetivo de mejorar la futura integración y dar prioridad a la familia nuclear. Por ello, el Gobierno considera que la reforma mejorará dicha integración al ser más rigurosos en la comprobación de las condiciones económicas y de vivienda del reagru.. consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
Podrá trabajar el conyuge con la autorización que le darán al llegar a España? R : No, necesitara que le firmen una oferta de trabajo y solicitar la modificacion de la autorizacion en la Oficina de extranjeros. Esta solicitud la puede presentar inmediatamente sin esperar un plazo. P: ¿ Y el hijo reagrupado de 17 años consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
Mi marido está en Ecuador y no puede venir porque no tiene papeles, yo tengo la residencia comunitaria y no sé cómo puedo traerlo. Me gustaría saber si por medio de nuestro matrimonio o por la nacionalidad de nuestro hijo podemos hacer algo consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar
P :Pretendo reagrupar a mi hermana. Cuento con la patria potestad. ¿Con la nueva modificación de la reagrupación, ¿puedo ahora mismo reagruparla ya que en diciembre cumplo los cinco años de residencia legal? ¿Puedo comenzar con los trámites en este momento? |
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