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la reagrupación familiar en la reforma de la ley de extranjeria

Reagrupacion familiar y permiso de trabajo

 

REAGRUPACION FAMILIAR Y LA OPORTUNIDAD DE TRABAJAR

 

NUEVO FUNCIONAMIENTO. Cuando Andrés Páez concluya el trámite de reagrupación de su cónyuge, en la tarjeta de residencia que la Administración le otorgue constará la siguiente frase: “habilita para trabajar”. Las tres palabras son la llave al mercado laboral que tanto reivindicaban los familiares reagrupados que arribaban a este país pero sin posibilidades de lograr un empleo. El cambio llegó de la mano de la reciente reforma de la Ley de Extranjería.

La Secretaría de Estado de Inmigración ha emitido una circular en la que detalla el proceso a seguir en estos casos y ha remitido por correo esta información a los interesados, es decir, a cónyuges e hijos reagrupados en edad laboral.

Las personas reagrupadas que estén residiendo en España no deben solicitar un cambio

de su tarjeta de identidad de extranjero, aunque la “frase mágica” no figure en el documento “tienen habilitación para trabajar sin ningún otro trámite”, reza el instructivo. La renovación se pedirá cuando la tarjeta venza y de forma

conjunta con la de la persona que le reagrupó.

Los ciudadanos que deseen acceder a una autorización de residencia temporal, independiente de la del reagrupante, podrán obtenerla cuando dispongan de medios económicos suficientes. Para la gestión deben presentar la solicitud, con la copia del contrato de trabajo, que tendrá que tener como mínimo un año de duración, y acreditación de encontrarse en alta y cotizando a la Seguridad Social.

raya
  MAKC   dijo:
21/05/2010 15:54:30
  Hola buenos dias, llevo 7 años en España con permiso de residencia, y tengo el permiso permanente. Soy estudiante, pero estoy casado, y quiero reagrupar a mi esposa, para que venga a vivir conmigo en España. NO trabajo, solo estudio.(en caso de reagrupacion piden nominas,de las que no dispongo porque estoy estudiando) Como puedo resolver esto ?
soy de Rep. Moldova.
gracias

Respuesta: Para acreditar que posees medios económicos, además de las nóminas puedes acreditarlo si recibes otros ingresos o trabajos por cuenta propia.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  fabian   dijo:
06/05/2010 14:58:32
  hola quisiera saber los requisitos para renovarla tarjeta de vine por reagrupacion y ahora q puedo trabajar cuales son los requisitos para renovar y que diga q puedo trabajar

Respuesta: Para renovar el permiso de residencia por reagrupación familiar es necesario acreditar la diposición de recursos económicos sufieciente, por parte de la persona que te reagrupo.
Este permiso de residencia si te permite trabajar.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  juanalex   dijo:
05/05/2010 06:41:32
  Salio favorable la reagrup de mi esposa, en la notificacion hablan solo de un permiso de residencia temporal, La duda es cuando tenga ella el NIE que va a decir perm de resid temporal solo o incluira habilita para trabajar segun la nueva ley? ya que no lo indican en la notificacion...eso es para toda españa o cambia segun las regiones ej provincias autonomas... gracias

Respuesta: El permiso de residencia por reagrupación familiar si autoriza a trabjar, aunque no este explicito en la tarjeta.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  chababdjana   dijo:
03/05/2010 18:22:15
  hola soy estudiante y estudio en nocturno ESPA y no he trabajado antes y quiero hacer la reagrupacion familiar para mi marido tengo que presentar que he tarabajado 6 meses o 3 meses?
y ahora como esta la crisis es muy deficil encontrar trabajo,estoy embarazada,tengo que tarminar mis estudios,es muy deficil presentar trabajo de 6 meses.
gracias

Respuesta: Si solo tienes un permiso de estancia por estudios, se puede soliciar un permiso de estancia para su marido, que será autorizado en las mismas condiciones.

En caso de que tengas permiso de residencia y trabajo, puedes tramitar una reagrupación familiar. Para ello es necesario acreditar la existencia del vínculo familiar, la disponibilidad de vivienda y de recursos ecónómico para satisfacer las necesitades del reagrupado.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  positivismo   dijo:
30/04/2010 06:00:12
  una vez si sos reagrupado en españa y una empresa te coge para un trabajo, es obligacion ahora presentar papeles en extrangeria como si fuera un permiso de trabajo o nada, simplemente la empresa me toma como un extranjero documentado con permiso de trabajo ?

Respuesta: Con la modificación a la ley, el permiso de residencia por reagrupación familiar te permite trabajar.
No obstante, si quieres tener un permiso de residencia independiente de la persona que te ha reagrupado, puedes gestionar una modificación de tu permiso de residencia a permiso de residencia y trabajo independiente.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  juanalex   dijo:
30/04/2010 05:57:38
  Cuando piden para reagrupar, en mi caso a mi esposa, "medios suficientes economicos ", especificamente para que no salga denegada, que es lo minimo que piden (ej un contrato por tres mese o por 6, o si puede ser una carta de compromiso de una empresa que me va a brindar trabajos exporadicos durante todo el año), es decir cual seria lo valido ya que soy medico trabajo tengo pero exporadicos (guardias remplasos) las condiciones cambiaron de contratacion (no es mas un contrato anual que fue lo que me dieron al principio, esto cambio justo al año cuando inicie tramite en principio del NIE (ya lo tengo por dos años) y hace mas de 2 y medio meses presente el tramite con las comleto de reagrupacion para traer a mi esposa (ambos somos argentinos)pero aun no me contestron y me quedan dudas ya que mi trabajo no es homogeneo (continuo) y estuve un mes en el paro pero volvi a salir, (puedo usar hasta tres meses este año) y asi, entro y salgo segun los trabajos, pero puedo demostrar que mis ganancias son aprox de 1200 mensuales a 2000, salvo en el mes que tome el paro de 800, eso me traera problemas (denegacion), sino que me conviene hacer?
Gracias

Respuesta: Lo que debes de demostras es que tienes un empleo y el monto al que ascienden tus ingresos mensuales por el trabajo que realiza.
En principio, lo importante es que tu contrato este vigente a la hora de someter la solicitud.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  juanalex   dijo:
30/04/2010 05:45:30
  Que plazo de vigencia tiene que tener un contrato por cuanta ajena del Reagrupante para poder reagrupar? estos pueden ser parciales, de que forma, continuo (que plazo minimo) ya que hasta el momento de reagrupar a mi esposa cumplia con todos los requisitos (tenia un contrato anual que se me vencio en ese momento al cumplir el año) (soy extranjero)

Respuesta: Para proceder a reagrupar tienes que tener un contrato de trabajo vigente, que justifique tus ingresos mensuales y solvencia económica.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  BIBA74   dijo:
25/04/2010 16:45:33
  hola soy argelina llevo viviendo en españa 7 años reagrupada por mi marido tengo la tarjeta de resedencia de 5 años pero no autorisar a trabajer fui a inem para preguntar sobre la nueva ley man dicho que no saben nada de eso y quiero trabajar mi marido en el paro tengo dos niños ayuda me por favor. gracias

Respuesta: Con la nueva ley, el permiso de residencia de extranjeros, por reagrupación, familiar te permite trabajar.
Y una vez tengas un contrato de trabajo puedes gestionar el permiso de residencia y trabajo independiente de la persona que te ha reagrupado.

Si lo necesitas, nosotros te podemos ayduar.

Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423
  Antonio   dijo:
14/04/2010 22:17:33
  Soy un extranjero que vive y trabaja en espana desde 7 anos
Quiero tener una idea de las necesidades para reagrupacion de la familia como tengo 2 ninos (13 y 17 anos).
Podria tener une ayuda de tu oficina en este tema? tambien el coste y el tiempo necesario para acabar con este tema.
Gracias

Respuesta: Para solicitar la reagrupación de sus hijos es necesario presentar la documentación acreditativa del vinculo de familiaridad, recursos economicos para atender las necesidades de la famiolia y disponibilidad de vivienda.

Si necesita ayuda con el trámite puede contactar con nosotros al 902 226 423

Atentamente,
John Lawyer
  vanessa   dijo:
23/02/2010 12:06:49
  osea que yo ya puedo trabajar?y esta ley se la saben todas las empresas?yo llevo 5 años aqui soy reagrupada por mi padre tengo 20 años.reamente puedo trabajar? o necesito algo?

Respuesta: Conforme a la nueva ley, al tener edad laborar y ser regrupada puedes trabajar sin ncesidad de hacer ningun tramite. Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar. Atentamente, John Lawyer. www.johnlawyer.es / 902 226 423
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