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consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar |
| P: ¿Podrá trabajar el conyuge con la autorización que le darán al llegar a España? R : No, necesitara que le firmen una oferta de trabajo y solicitar la modificacion de la autorizacion en la Oficina de extranjeros. Esta solicitud la puede presentar inmediatamente sin esperar un plazo. P: ¿ Y el hijo reagrupado de 17 años? Actualmente no se le permite el cambio de autorización hasta que cumple los 18 años |
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1029384756 dijo:
16/05/2010 13:24:00 |
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quiero saber la tramite de mi solicitud de renivacion de residencia
Respuesta: Los documentos que son necesarios presentar, forma y plazo, dependen del tipo de residencia que tengas.
Si lo necesitas, nosotros te podemos ayudar.
Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423 |
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allen dijo:
09/05/2010 18:39:36 |
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i have a permiso de residencia, i aquired last sept 05, 2009.and it will be expire on sept 2013. when can i apply as spanish nationality? but my tarjeta is temporal por reagrup. familiar no autoriza a trabajar.
Answer: In this case, it will depends about your nationality and another Circumstances.
If you need it, we can help you.
John Lawyer. 902 226 423
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patricia dijo:
04/05/2010 20:46:29 |
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Hola, soy colombiana y estoy reagrupada en régimen comunitario por mi esposo que es español. Estoy realizando un máster y quiero saber si con mi tarjeta de residente puedo trabajar como practicante durante el master y si luego de que finalice mis estudios puedo trabajar libremente o debo solicitar un permiso de trabajo. Saludos
Respuesta: Con tu permiso de residencia como familiar de ciudadano de la unión, estas habilitada para trabajar.
Atentamente,
John Lawyer. 902 226 423 |
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susy dijo:
21/02/2010 00:05:10 |
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hola tengo nacionalidad española mi esposo tambien es español y queremos traer a mi madre pero queremos que ella obtenga tambien la nacionalidad para que pueda venir a españa cada vez que quiera ejemplo vendra solo 1 mes por año dime algo por favor.
Respuesta: Para poder conseguir la nacionalidad española, debera residir legalmene dos años en España. No obstante si deseais que venga por periodos de un mes, existen otras vias legales. Si lo necesitais nosotros podemos ayudaros. Atentamente, John Lawyer. www.johnlawyer.es / 902 226 423 |
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cecilia dijo:
08/02/2010 11:56:11 |
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Quisiera saber como puedo solicitar la carta para poder trabajar.Tengo 25 años y estoy reagrupada por mi padre. Me urge trabjar ya que he acabado mi carrera y mi master y solo puedo trabar de becaria.Un saludo
Respuesta: Si tienes 25 años deberia tener ya una residencia independiente. deberias haberla pedido a los 21 años. Si deseas trabajar siempre puedes solicitar la modificacion de la tarjeta.Si lo necesitas, nosotros podemos ayudarte. Atentamente, John Lawyer 91.128.51.58 |
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El cónyuge.
Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados.
Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la custodia.
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Reagrupacion familiar en España, Ley de extranjeria. Todos los derechos reservados
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Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 19 387, Folio 113, Sección 8ª, Hoja M-340011, con CIF B-83804146.
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