raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar de hijos

P: Mi esposo tiene lanacionalidad española y quiere que nuestra hija venga por vacaciones de Ecuador y luego tramitarle su permiso de residencia cuando ya esté en España. ¿Es posible?

R: Los ciudadanos españoles tienen derecho a reagrupar a sus descendientes y a los descendientes de su cónyuge menores de 21 años y mayores que vivan a sus expensas. Para ello, deberán presentar en el consulado español:

  • Formulario de solicitud devisado,
  • Fotografía actualizada tipo pasaporte con el fondo blanco, pegada en el formulario de solicitud,
  • Pasaporte con vigencia mínima de 1 año,
  • Partida de nacimiento íntegra del reagrupado, original, expedida en los tres últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
  • Partida de nacimiento literal española del reagrupante, original, expedida en los tres últimos meses,
  • Copia del DNI del reagrupante español,
  • Certificado de empadronamiento del domicilio del reagrupante,
  • Copia de la tarjeta de residencia del cónyuge del ciudadano español.

Si la solicitud se realiza mediante representante, poder notarial original realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la solicitud, original y copia simple que mencione específicamente la tramitación de reagrupación familiar, realizada por quien ejerza la patria potestad o tutela.

El representante deberá aportar asimismo original y copia de su cédula de identidad. Resolución expedida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia acreditando que el reagrupante tiene atribuida la custodia del menor, de ser el caso, original con firma de Juez o Secretario, certificada por el Consejo Nacional de la Judicatura o por la respectiva Corte Superior de Justicia y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador. Una vez que haya llegado a territorio español deberá solicitar la Tarjeta de Familiar de Residente Comunitario.

raya
 Visado de residencia para   dijo:
23/02/2010 16:48:53
 Soy cubano nacionalizado español,ahora me vine a españa y me dicen que mi hija por ser mayor de 21 años no tiene derecho a ser reunificada, es cierto

Respuesta: si, es cierto, a no ser que viva a tu cargo o sea incapaz, en cuyo caso se podria solicitar. Si necesitas ayuda en la tramitacion puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web www.johnlawyer.es / o en el telefono 902 226 423. Atentamente,John Lawyer.
 jean  dijo:
22/02/2010 17:01:41
 como devo hacer venir a un joven de 17 años desde bolivia a españa

Respuesta: Si el joven es tu hijo, puedes traerle solicitando la reagrupacion familiar. Si lo necesitas, nosotros podemos ayudarte, puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web. www.johnlawyer.es o en el telefono 902 226 423. Atentamente, John Lawyer.
 jean  dijo:
22/02/2010 16:57:43
 soy de francia y vivo en españa y tengo el pasaporte español quiero invitar a un joven de 17 años de bolivia para venga de vacacion por 15 dias en españa , el es el hijo de mi novia como devo hacer.....

Respuesta: Por lo que nos cuentas, para que pueda venir, deberas hacerle una carta de invitacion. Atentamente, John Lawyer. www.johnlawyer.es / 902 226 423
Deja tu comentario en la noticia
Usuario:
email:
 
 
Protección de datos
 
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Que es la reagrupación familiar.Concepto

El derecho a la reagrupación familiar es un derecho recogido en multitud de tratados de caracter internacional que vienen a proteger un derecho humano recogido en la Carta social europea, en el convenio europeo de derechos humanos, en la Convencion sobre derechos migratorios de trabajadores y familia etc. Este derecho se declara en el artículo 16 d..
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar de hijos

Mi esposo tiene lanacionalidad española y quiere que nuestra hija venga por vacaciones de Ecuador y luego tramitarle su permiso de residencia cuando ya esté en España. ¿Es posible? R: Los ciudadanos españoles tienen derecho a reagrupar a sus descendientes y a los descendientes de su cónyuge menores de 21 años y mayores que vivan a sus expensas...
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

conseguir nacionalidad española y poder reagrupar

Tengo la nacionalidad española y me han dicho que al dejar de ser ciudadano extranjero no puedo reagrupar a mi hijo. ¿Es verdad? R: Los comentarios que le han efectuado no tienen ningún fundamento
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Solicitud de reagrupacion familiar.Quien puede ped..

¿A QUÉ FAMILIARES PUEDO REAGRUPAR? Los familiares que se pueden reagrupar son: • El cónyuge. • Los hijos o los del cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o incapacitados, no casados. Cuando sean hijos sólo de uno de los miembros de la pareja, es necesario que éste ejerza en solitario la patria a potestad o que se le haya otorgado la c..
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar e ingresos economicos

P : ¿ Que ingresos hay que tener para poder solicitar una reagrupacion familiar?
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Principales novedades de la reagrupación familiar ..

* Los cónyuges o parejas de hecho e hijos de 16 a 18 años reagrupados dispondrán de un permiso de residencia y trabajo. * Para reagrupar a los ascendientes, los reagrupantes deben llevar cinco años de residencia legal y los reagrupados no tener menos de 65 años. * Hay que probar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de ..
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar en la nueva ley de extranjer..

Reagrupacion familiar Las modificaciones en el ámbito de la reagrupacion familiar tienen el doble objetivo de mejorar la futura integración y dar prioridad a la familia nuclear. Por ello, el Gobierno considera que la reforma mejorará dicha integración al ser más rigurosos en la comprobación de las condiciones económicas y de vivienda del reagru..
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar y permiso de trabajo

Podrá trabajar el conyuge con la autorización que le darán al llegar a España? R : No, necesitara que le firmen una oferta de trabajo y solicitar la modificacion de la autorizacion en la Oficina de extranjeros. Esta solicitud la puede presentar inmediatamente sin esperar un plazo. P: ¿ Y el hijo reagrupado de 17 años
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupación familiar y tarjeta comunitaria

Mi marido está en Ecuador y no puede venir porque no tiene papeles, yo tengo la residencia comunitaria y no sé cómo puedo traerlo. Me gustaría saber si por medio de nuestro matrimonio o por la nacionalidad de nuestro hijo podemos hacer algo
raya
consultorio juridico sobre la reagrupacion familiar

Reagrupacion familiar y reforma ley de extranjeria..

P :Pretendo reagrupar a mi hermana. Cuento con la patria potestad. ¿Con la nueva modificación de la reagrupación, ¿puedo ahora mismo reagruparla ya que en diciembre cumplo los cinco años de residencia legal? ¿Puedo comenzar con los trámites en este momento?
raya
Club Raiz
Reagrupacion familiar en España, Ley de extranjeria. Todos los derechos reservados Copernal Publishing S-L. . Isaac Peral 2 , 2ª ;28015, Madrid (España). Tlf: +34 91 543 22 41 E-Mail: juancarlos@clubraiz.com Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 19 387, Folio 113, Sección 8ª, Hoja M-340011, con CIF B-83804146.