Principales novedades de la reagrupación familiar en la nueva ley de extranjeria
* Los cónyuges o parejas de hecho e hijos de 16 a 18 años reagrupados dispondrán de un permiso de residencia y trabajo.
* Para reagrupar a los ascendientes, los reagrupantes deben llevar cinco años de residencia legal y los reagrupados no tener menos de 65 años.
* Hay que probar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de dinero suficiente